El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Artículo 5.

Artículo quinto de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas. · BOE-A-1980-21166

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-10-21.

Texto consolidado

Uno. Constituyen ingresos de Derecho privado de las Co­munidades Autónomas los rendimientos o productos de cual­quier naturaleza derivados de su patrimonio, así como las adquisiciones a título de herencia, legado o donación.

Dos. A estos efectos se considerará patrimonio de las Co­munidades Autónomas el constituido por los bienes de su propiedad, así como por los derechos reales o personales de que sea titular, susceptibles de valoración económica, siempre que unos u otros no se hallen afectos al uso o al servicio público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-10-21.

Más artículos de Ley Orgánica 8/1980

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 8/1980 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.