Artículo quinto.
Artículo quinto del Decreto 1437/1966, de 16 de junio, por el que se crea el «Museo de Aeronáutica y Astronáutica». · BOE-A-1966-10136
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1966-07-18.
Texto consolidado
El Patronato estará compuesto del modo siguiente:
Presidente: El Ministro del Aire. Vicepresidente: El Jefe del Estado Mayor del Aire. Vocales: Los Subsecretarios del Aire y de Aviación Civil, Director del Museo, Director general de Bellas Artes y hasta ocho vocales más, designados libremente por el Ministerio del Aire entre personas de destacado relieve aeronáutico y cultural. Secretario: El Subdirector del Museo.