Artículo 587.
Artículo quinientos ochenta y siete de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. · BOE-A-1985-12666
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-30.
Texto consolidado
1. La duración del mandato del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial coincidirá con la del Consejo que lo haya elegido.
2. El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial podrá ser reelegido y nombrado, por una sola vez, para un nuevo mandato.