El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Artículo quince.

Artículo quince de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum. · BOE-A-1980-1564

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-01-24.

Texto consolidado

Uno. La campaña no podrá tener una duración inferior a diez, ni superior a veinte días, y finalizará a las cero horas del día anterior al señalado para la votación.

Dos. Durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación, difusión total o parcial o comentario de los elementos o resultados de cualquier encuesta o sondeos de opinión, así como las operaciones de simulación de voto realizadas a partir de sondeos de opinión, que estén directamente o indirectamente relacionados con la consulta sometida a referéndum.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-01-24.

Más artículos de Ley Orgánica 2/1980

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 2/1980 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.