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Real Decreto Vigente

Artículo primero. Modificación del Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, por el que se regulan la estructura y competencias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Artículo primero del Real Decreto 787/2020, de 1 de septiembre, por el que se modifican el Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, por el que se regulan la estructura y competencias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, el Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial, el Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal y el Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, por el que se aprueban los estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social. · BOE-A-2020-10129

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-09-03.

Texto consolidado

Se modifica el Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, por el que se regulan la estructura y competencias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en los siguientes términos:

Uno. Se añade un apartado tres al artículo primero con el siguiente contenido:

«Tres. La denominación del organismo autónomo es Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P.»

Dos. Se añade una nueva disposición adicional quinta, con el siguiente contenido:

«Quinta. Referencias al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo o al Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo, O.A., M.P.

1. Las referencias que se hacen en este real decreto al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo se entenderán realizadas al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P.

2. Las referencias que se hacen en las demás normas del ordenamiento jurídico al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo o al Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo, O.A., M.P., se entenderán realizadas al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-09-03.

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