Artículo primero.
Artículo primero del Real Decreto 441/1981, de 27 de febrero, por el que se especifican técnicamente los colores de la Bandera de España. · BOE-A-1981-6317
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-04-05.
Texto consolidado
Los colores de la Bandera de España, especificados en el Sistema Internacional CIELAB, serán los siguientes:
Color
Denominación color
Tono
H* en º
Croma C*
Claridad L*
Rojo
Rojo bandera
35.0
70.0
37.0
Amarillo
Amarillo gualda bandera
85.0
95.0
80.0
Tolerancia: Cinco Unidades CIELAB.