Artículo primero.
Artículo primero del Real Decreto 1414/1981, de 3 de julio, por el que se reestructura el Instituto Social de la Marina. · BOE-A-1981-15822
Atención: Real Decreto 1414/1981 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Uno. El Instituto Social de la Marina se constituye como una Entidad de ámbito nacional de derecho público con personalidad jurídica propia y tiene como finalidad la asistencia a los trabajadores del mar, tanto en España como en el extranjero, favoreciendo su mejoramiento humano, profesional y económico-social, además de las atribuciones de gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, cumpliendo las funciones y servicios que le atribuyen sus leyes reguladoras y demás disposiciones vigentes.
Dos. El Instituto Social de la Marina, que actuará bajo la dirección y tutela del Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, tendrá plena capacidad jurídica y patrimonial para el cumplimiento de sus fines.