Artículo primero. Modificación de la Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-09-29.
Texto consolidado
El apartado 2 de la disposición transitoria única de la Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada, queda redactado como sigue:
«2. Las medidas de seguridad electrónica y los sistemas de alarma instalados en las empresas de seguridad antes de la fecha de entrada en vigor de esta orden tendrán de plazo para adecuarse a lo dispuesto en la misma hasta el 31 de diciembre de 2023.»
Más artículos de Orden INT/826/2020
- → Artículo segundo. Modificación de la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de ala…
- Ver la norma completa: Orden INT/826/2020, de 3 de septiembre, por la que se modifican en lo relativo a plazos de adecuación de medidas de seguridad electrónica, la Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada, la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada, y la Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada.