Artículo primero.
Artículo primero de la Ley 29/1972, de 22 de julio, de Agrupaciones de Productores Agrarios. · BOE-A-1972-1093
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1972-08-13.
Texto consolidado
La presente Ley regula el régimen aplicable a los productores agrarios que se agrupen en cualquier forma asociativa, prevista en el marco de la Organización Sindical, para, con los estímulos que se arbitran, dedicarse en común a tipificar, comercializar y, en su caso, transformar los productos obtenidos en sus explotaciones.