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Ley Vigente

Artículo primero Finalidad.

Artículo primero Finalidad de la Ley 25/1980, de 3 de mayo, sobre reclasificación del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel. · BOE-A-1980-9323

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-05-27.

Texto consolidado

Uno. Es finalidad de esta Ley el establecimiento de un régimen jurídico especial para el Parque Nacional de las Tablas de Daimiel.

Dos. Dicho régimen jurídico especial se orienta a proteger la integridad de la gea, fauna, flora, aguas y atmósfera y, en definitiva, del conjunto de los ecosistemas del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel y de las lagunas del mismo ecosistema, y a promover la investigación y la utilización en orden a la enseñanza y disfrute del Parque Nacional, en razón de su interés educativo, científico, cultural, recreativo, turístico y socioeconómico. Las medidas de conservación se extienden igualmente a las aguas subterráneas y superficiales, que constituyen el soporte hídrico del ecosistema que se trata de proteger.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-05-27.

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