Artículo once. Comisión Permanente.
Artículo once de la Ley 6/1981, de 25 de marzo, de reclasificación del Parque Nacional de Timanfaya (isla de Lanzarote). · BOE-A-1981-8602
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-05-05.
Texto consolidado
En el seno del patronato se constituirá una Comisión Permanente cuyo Presidente será el de aquél, y estará compuesta, además, por los siguientes miembros:
– Un representante del Cabildo.
– Un representante de los Ayuntamientos afectados territorialmente.
– El representante del Ente Preautonómico o Autonómico de Canarias.
– El representante del Ministerio de Agricultura.
– El Director-Conservador del parque.