Artículo octavo.
Artículo octavo de la Ley 14/2021, de 11 de octubre, por la que se modifica el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019. · BOE-A-2021-16477
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-13.
Texto consolidado
Se añade un nuevo artículo 13 bis en el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, que queda redactado como sigue:
«Artículo 13 bis. Sistemas de ayudas extraordinarias al sector de la conservación-restauración del Patrimonio Histórico Español como consecuencia del impacto negativo de la crisis sanitaria del COVID-19.
Se concederán subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación, restauración e inventariado de bienes muebles e inmuebles del Patrimonio Histórico Español. Tendrán por objeto el fomento de la conservación-restauración, así como la creación y puesta al día de inventarios que mejoren la investigación, documentación y difusión de dichos bienes por personal técnico cualificado.
Los requisitos para solicitar las subvenciones, así como los criterios objetivos de valoración de las solicitudes que deben reunir las entidades y particulares solicitantes para la obtención de la subvención, serán determinados por la administración competente.»
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