Artículo nueve. Titularidad de la propiedad y del uso.
Artículo nueve del Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre Política de Vivienda. · BOE-A-1979-1217
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-01-26.
Texto consolidado
Podrán ser propietarios de las viviendas de protección oficiad las personas físicas o jurídicas.
Únicamente las personas físicas podrán ser usuarios de las viviendas de protección oficial.