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Real Decreto Vigente

Artículo noveno.

Artículo noveno del Real Decreto 1152/1982, de 28 de mayo, por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria y de funcionamiento de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria séptima de su Estatuto de Autonomía. · BOE-A-1982-13481

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-06-05.

Texto consolidado

De cada acuerdo de traspaso de servicios que adopte la Comisión Mixta se expedirá una certificación según lo dispuesto en el artículo tercero, con objeto de que el Ministerio de Administración Territorial la eleve al Gobierno para su aprobación por Real Decreto, en el que la certificación deberá figurar como anexo. Esta aprobación será comunicada al Presidente del Consejo de Gobierno de la Diputación Regional por conducto reglamentario, a fin de que se ordene su publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-06-05.

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