Artículo 9.
Artículo noveno de la Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. · BOE-A-1981-9564
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-05-18.
Texto consolidado
Uno. Los poderes de la Comunidad Autónoma se ejercen a través del Parlamento, de la Junta y de su Presidente.
Dos. Las leyes de Galicia ordenarán el funcionamiento de estas instituciones de acuerdo con la Constitución y el presente Estatuto.