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Real Decreto Derogada

Artículo doce.

Artículo doce del Real Decreto 786/1979, de 16 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Estatuto general de las Cámaras de Comercio españolas oficialmente reconocidas en el extranjero. · BOE-A-1979-10453

Atención: Real Decreto 786/1979 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Uno. Los socios deberán colaborar, dentro de sus posibilidades, al mejor cumplimiento de las funciones de la Cámara.

Dos. Los socios tendrán derecho a ser asesorados y apoyados por la Cámara en los asuntos relacionados con el tráfico comercial, a recibir las publicaciones, circulares, folletos y revistas por ella editadas y, en general, a utilizar sus servicios de los que disfrutarán preferentemente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1979-05-09.

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