Artículo doce.
Artículo doce de la Ley 55/1980, de 11 de noviembre, de montes vecinales en mano común. · BOE-A-1980-25463
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-12-11.
Texto consolidado
No será obstáculo a la clasificación de los montes como vecinales en mano común la circunstancia de hallarse incluidos en catálogos, inventarios o registros públicos con asignación de diferente titularidad, salvo que los asientos se hayan practicado en virtud de sentencia dictada en juicio declarativo.