Artículo doce.
Artículo doce de la Ley 4/1980, de 16 de diciembre de 1980, de creación del Instituto Catalán del Suelo. · BOE-A-1981-12908
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-01.
Texto consolidado
1. La contratación del Instituto Catalán del Suelo se rige por la legislación sobre contratación del sector público. Los negocios y contratos excluidos de esta legislación se rigen por su legislación específica.
2 a 6. (Derogados).
Se derogan los apartados 2, 2.bis y 3 a 6 por el art. 116.3 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-5569.