Artículo diez.
Artículo diez del Decreto 3186/1968, de 26 de diciembre, por el que se organiza el Servicio Central de Suministros de Material Mobiliario y de Oficina y se regulan las Juntas de Compras de los Ministerios civiles. · BOE-A-1969-38
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-01-01.
Texto consolidado
El Servicio Central de Suministros dictará, previo informe de la Secretaría General Técnica de la Presidencia del Gobierno, las instrucciones sobre normalización de material mobiliario y de oficina inventariable y no inventariable, instrucciones que serán comunicadas a las Juntas de Compras de cada Departamento ministerial para su cumplimiento. Se cursarán estas instrucciones sobre normalización a los Interventores-Delegados de la Intervención General del Estado en los Ministerios, a fin de que fiscalicen su aplicación. Dicho Servicio podrá solicitar de los distintos Organismos y Cuerpos de la Administración los informes y asesoramientos que estime pertinentes para el cumplimiento de su función.
Previamente el Servicio Central de Suministros remitirá las instrucciones sobre normalización a las distintas Juntas de Compras para que emitan su informe, de acuerdo con las peculiaridades de cada Departamento.