Artículo decimosexto. Modificación de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía Nuclear.
Artículo decimosexto de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso a la productividad. · BOE-A-2005-19005
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-11-20.
Texto consolidado
Se modifica el capítulo XIII de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía Nuclear, al objeto de regular las obligaciones en materia de no proliferación nuclear y protección física, que queda redactado como sigue:
«CAPÍTULO XIII
De la no proliferación nuclear y protección física de los materiales nucleares
Artículo 84. Obligaciones en materia nuclear y protección física de los materiales nucleares.
Toda persona física o jurídica queda sujeta al cumplimiento de las obligaciones derivadas de los compromisos contraídos por el Estado español o del propio ordenamiento interno en materia de no proliferación nuclear y protección física de los materiales nucleares y, en particular, a realizar las actividades de seguimiento, control y custodia de los materiales nucleares, a permitir las inspecciones y comprobaciones que fueran precisas en lugares o instalaciones y a informar a las autoridades competentes.»
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