Artículo decimoquinto.
Artículo decimoquinto del Real Decreto 2650/1979, de 11 de octubre, por el que se crea y estructura el Organismo autónomo Entidad Estatal de Seguros Agrarios. · BOE-A-1979-27761
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-12-12.
Texto consolidado
La Asesoría Jurídica será la del Servicio Nacional de Productos Agrarios, que ejercerá sus funciones con el carácter y en la forma prevista en el Reglamento Orgánico de la Dirección General de lo Contencioso del Estado, informando en derecho en todos los asuntos en que el informe sea preceptivo por disposición legal y cuantas veces la Comisión General y el Director del Servicio estime necesario o conveniente conocer su dictamen.