Artículo decimoctavo.
Artículo decimoctavo del Real Decreto 401/1979, de 13 de febrero, por el que se regulan las denominaciones y la publicidad de los Centros docentes no estatales. · BOE-A-1979-7044
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-03-28.
Texto consolidado
Las sanciones firmes que recayeran por causa de publicidad ilícita, se anotarán en el Registro Especial de Centros Docentes del Ministerio de Educación y Ciencia.