Artículo décimo. Sanciones.
Artículo décimo del Real Decreto 1961/1980, de 13 de junio, por el que se establece un régimen de indemnizaciones optativas para los pasajeros de los servicios aéreos regulares a quienes se niegue el embarque en el vuelo contratado. · BOE-A-1980-21269
Atención: Real Decreto 1961/1980 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El incumplimiento por las Compañías aéreas de cualquiera de las obligaciones que impone esta disposición será sancionado de acuerdo con lo que establecen el artículo ciento cincuenta y tres y concordantes de la Ley de Navegación Aérea.