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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo cuarto. Orgános periféricos.

Artículo cuarto del Real Decreto 2358/1982, de 27 de agosto, por el que se determina la estructura orgánica del Instituto Social de la Marina. · BOE-A-1982-24551

Atención: Real Decreto 2358/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las actuales Delegaciones Provinciales y Delegaciones Locales del Instituto Social de la Marina se denominarán en lo sucesivo Direcciones Provinciales y Direcciones Locales.

Se podrán crear órganos periféricos con ámbito superior al de la dirección provincial y que extenderán su competencia al territorio de una comunidad autónoma, de parte de la misma o de más de una comunidad autónoma, sustituyendo a la dirección provincial existente en la provincia en la que se establezca su sede. Asimismo, el titular de dicho órgano asumirá las funciones que venían desempeñando los directores provinciales del ámbito territorial correspondiente, procediéndose a suprimir estos puestos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-04-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-3472.

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