El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Artículo cuarto. Adición de un apartado ocho al artículo 14 de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.

Artículo cuarto de la Ley Orgánica 5/2012, de 22 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos. · BOE-A-2012-13123

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-23.

Texto consolidado

Se añade un apartado ocho al artículo 14 de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos, que queda redactado en los siguientes términos:

«Ocho. Los partidos políticos, una vez emitido por el Tribunal de Cuentas el informe de fiscalización correspondiente a un determinado ejercicio, vendrán obligados a hacer públicas, preferentemente a través de su página web, el balance y la cuenta de resultados y, en particular, la cuantía de los créditos que les han sido concedidos, el tipo de entidad concedente y las condonaciones de deuda correspondientes a tal ejercicio, de forma que esta información sea de gratuito y fácil acceso para los ciudadanos.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-10-23.

Más artículos de Ley Orgánica 5/2012

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 5/2012 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.