El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Artículo cuarto

Artículo cuarto de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. · BOE-A-1985-11672

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-06-21.

Texto consolidado

1. El derecho de sufragio se ejerce personalmente en la sección en la que el elector se halle inscrito según el censo y en la Mesa Electoral que le corresponda, sin perjuicio de las disposiciones sobre el voto por correspondencia y el voto de los interventores.

2. Nadie puede votar más de una vez en las mismas elecciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-06-21.

Más artículos de Ley Orgánica 5/1985

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 5/1985 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.