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Ley Orgánica Vigente

Artículo cuarto.

Artículo cuarto de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado. · BOE-A-1980-8648

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-05-15.

Texto consolidado

Uno. Integran el Consejo de Estado en Pleno:

a) El Presidente.

b) Los Consejeros permanentes.

c) Los Consejeros natos.

d) Los Consejeros electivos.

e) El Secretario general.

Dos. El Presidente y los demás Miembros del Gobierno podrán asistir a las sesiones del Consejo en Pleno e informar en él cuando lo consideren conveniente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-05-15.

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