Artículo cuarto.
Artículo cuarto de la Ley 21/1990, de 19 de diciembre, para adaptar el Derecho español a la Directiva 88/357/CEE, sobre libertad de servicios en seguros distintos al de vida, y de actualización de la legislación de seguros privados. · BOE-A-1990-30736
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-06.
Texto consolidado
(Derogado)
Se modifican los arts. 6.1 y 23.4 del estatuto por el art. 4 de la Ley 34/2003, de 4 de noviembre. Ref. BOE-A-2003-20330.
Se declara la vigencia del art. 24.2 del estatuto por la disposición derogatoria única.2.27 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27752.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 7 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros..