El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo cuarto. Modificación de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.

Artículo cuarto de la Ley 10/2005, de 14 de junio, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Televisión Digital Terrestre, de Liberalización de la Televisión por Cable y de Fomento del Pluralismo. · BOE-A-2005-10069

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-15.

Texto consolidado

Los párrafos tercero, cuarto y quinto de la disposición transitoria décima de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, se sustituyen por los siguientes párrafos, que quedan redactados como sigue:

«Una vez que haya entrado en vigor el reglamento previsto por la disposición adicional décima de esta ley, podrán otorgarse nuevas autorizaciones para la prestación de los servicios de difusión de radio y televisión por cable.

Las condiciones que se establezcan en dicho reglamento para la prestación de estos servicios de difusión serán aplicables tanto a las nuevas autorizaciones como a las que se refiere el párrafo segundo de esta disposición transitoria.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-06-15.

Más artículos de Ley 10/2005

En El Vínculo puedes leer Ley 10/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.