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Ley Vigente

Artículo cuarenta y ocho

Artículo cuarenta y ocho de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. · BOE-A-1982-837

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-02-02.

Texto consolidado

Los miembros del Ministerio Fiscal tendrán el primordial deber de desempeñar fielmente el cargo que sirvan, con prontitud y eficacia en cumplimiento de las funciones del mismo, conforme a los principios de unidad y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-02-02.

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