Artículo 42.
Artículo cuarenta y dos de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1983-6317
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-08.
Texto consolidado
Las leyes de la Asamblea estarán sujetas únicamente al control de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional.
Su anterior numeración era art. 43.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1998-16302.