Artículo 51.
Artículo cincuenta y uno de la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias. · BOE-A-1982-634
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-01-31.
Texto consolidado
El Principado de Asturias gozará del tratamiento fiscal que la ley establezca para el Estado.