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Ley Vigente

Artículo cincuenta y uno

Artículo cincuenta y uno de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. · BOE-A-1985-12534

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-07-19.

Texto consolidado

1. La Administración del Estado, en colaboración con las demás Administraciones competentes, confeccionará el Censo de los bienes integrantes del Patrimonio Documental y el Catálogo colectivo de los bienes integrantes del Patrimonio Bibliográfico conforme a lo que se determine reglamentariamente.

2. A los efectos previstos en el apartado anterior, la Administración competente podrá recabar de los titulares de derechos sobre los bienes integrantes del Patrimonio Documental y Bibliográfico el examen de los mismos, así como las informaciones pertinentes para su inclusión, si procede, en dichos Censo y Catálogo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-07-19.

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