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Ley Orgánica Derogada 2 redacciones

Artículo cincuenta y siete

Artículo cincuenta y siete de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. · BOE-A-1982-20821

Atención: Ley Orgánica 10/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Uno. La Comunidad Autónoma de Canarias está obligada a velar por su propio equilibrio territorial y por la realización interna del principio de solidaridad.

Dos. A tal efecto se creará un Fondo de Solidaridad Interinsular. Sus recursos serán distribuidos por el Parlamento canario.

Su anterior numeración era art. 56.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-12-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1996-29114.

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