El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo cincuenta y dos.

Artículo cincuenta y dos de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre, por la que se regulan los auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos · BOE-A-1962-24365

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1963-06-27.

Texto consolidado

Los propietarios de buques o efectos hundidos podrán solicitar de la Autoridad de Marina autorización para la extracción de los mismos, quedando aquélla facultada para concederla cuando no existan dudas sobre la propiedad de lo hundido o no haya ésta prescrito, en aplicación de lo dispuesto en el artículo veintinueve de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1963-06-27.

Más artículos de Ley 60/1962

En El Vínculo puedes leer Ley 60/1962 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.