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Real Decreto Derogada

Artículo cinco.

Artículo cinco del Real Decreto 924/1982, de 17 de abril, sobre reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido. · BOE-A-1982-11138

Atención: Real Decreto 924/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social resolverá la reclamación dentro de los treinta días siguientes al de la fecha de su presentación, o en su caso, desde que se hubiese completado la documentación que señala el artículo tres. Dicha resolución no será recurrible en la vía administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-05-14.

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