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Ley Orgánica Derogada

Artículo ciento ochenta y nueve.

Artículo ciento ochenta y nueve de la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, de Código Penal Militar. · BOE-A-1985-25779

Atención: Ley Orgánica 13/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El militar que, simulando necesidades para el servicio o derechos económicos a favor del personal, solicitare la asignación . de crédito presupuestario para atención supuesta, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a dos años.

Si las cantidades así obtenidas se aplicaren en beneficio propio, se impondrá la pena de dos a diez años, que graduará el Tribunal atendiendo en especial al lucro obtenido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-06-01.

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