Artículo catorce.
Artículo catorce del Real Decreto-ley 7/1982, de 30 de abril, por el que se crea el Instituto de Astrofísica de Canarias y se establece su régimen jurídico. · BOE-A-1982-10344
Atención: Real Decreto-ley 7/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Instituto de Astrofísica de Canarias se crea con una duración inicial de treinta años, coincidente con la prevista en el Acuerdo Internacional de Cooperación Científica Internacional a que se refiere la disposición adicional segunda de este Real Decreto-ley, entendiéndose prorrogada automáticamente esa duración en tanto que dicho Acuerdo continúe en vigor.