Artículo 99. Sistema de reconocimiento y transferencia de créditos.
Artículo 99 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909
Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Con sujeción a la normativa vigente, el Consejo de Gobierno regulará el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos, estableciendo los procedimientos para:
a) El reconocimiento y la transferencia de los créditos obtenidos en enseñanzas universitarias oficiales o en otras enseñanzas superiores oficiales.
b) El reconocimiento de los créditos obtenidos en enseñanzas universitarias no oficiales.
c) La validación a efectos académicos de la experiencia laboral o profesional
d) La convalidación de estudios extranjeros por estudios universitarios españoles parciales.
2. En la regulación a la que hace referencia el apartado anterior se preverá la creación de una Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos en el ámbito de la Universidad y se determinarán los órganos encargados de dictaminar y resolver las solicitudes de convalidación, reconocimiento y transferencia de créditos.