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Real Decreto Derogada

Artículo 98.

Artículo 98 del Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española. · BOE-A-2001-13270

Atención: Real Decreto 658/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los actos emanados de las Juntas Generales, y de las Juntas de Gobierno de los Colegios, del Consejo General y de los Consejos de Colegios de Comunidades Autónomas, en cuanto estén sujetos al Derecho Administrativo, una vez agotados los recursos corporativos, serán directamente recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-11.

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