El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 98. Autonomía y calidad de los centros educativos.

Artículo 98 de la Ley 17/2023, de 21 de diciembre, de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2024-901

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-04.

Texto consolidado

1. La autonomía, en sus distintas proyecciones, es la base en la que se asienta la calidad de los centros educativos.

2. El departamento competente en materia de educación promoverá los programas y acciones que sean necesarias para impulsar la calidad de los centros educativos, en los términos que se determinen reglamentariamente, y podrá proyectarse, entre otros ámbitos, sobre proyectos lingüísticos, proyectos de innovación educativa, gestión eficiente e innovadora de centros, modelos de convivencia escolar e inclusión o proyectos de digitalización.

3. Las acciones de calidad educativa se incorporarán en planes específicos, que serán objeto de evaluación y de rendición de cuentas por el centro educativo y, en su caso, por la inspección educativa o por el departamento competente en materia de educación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-02-04.

Más artículos de Ley 17/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 17/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.