Artículo 98. Contenido.
Artículo 98 del Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón. · BOA-d-2014-90410
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-20.
Texto consolidado
La norma técnica de planeamiento tendrá el siguiente contenido:
a) La definición y concreción de los conceptos habitualmente utilizados en la elaboración de normas urbanísticas de los instrumentos de planeamiento u ordenanzas de edificación, así como en otros documentos escritos y en la rotulación y leyendas de los planos.
b) La configuración de las zonas de ordenación sobre la base del sistema de ordenación, la tipología edificatoria y el uso global sistematizando las diferentes alternativas.
c) Las normas técnicas para la elaboración de la cartografía urbanística y para su tratamiento informático.
d) La definición de conceptos básicos tales como los de volumen, edificabilidad, alturas, fondos u otros aplicables a cada una de las zonas de ordenación en función de características típicas.
e) Los criterios de aplicación en las zonas de ordenación a los tipos de tejido urbano preexistentes.
f) Los criterios y contenidos para la elaboración del estudio ambiental estratégico.