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Ley Derogada

Artículo 97. Infracciones administrativas y sujetos responsables.

Artículo 97 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-18545

Atención: Ley 6/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se consideran infracciones administrativas a la presente Ley las acciones u omisiones de las personas responsables, tipificadas y sancionadas en este título.

2. Son responsables las personas físicas o jurídicas a las que sea imputable las acciones u omisiones constitutivas de infracciones tipificadas en esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-04-07.

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