Artículo 97. Sanciones por infracciones muy graves.
Artículo 97 de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6879
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-28.
Texto consolidado
1. Las infracciones de carácter muy grave serán sancionadas con multa principal o accesoria de 5.001 euros a 10.000 euros.
2. Sin perjuicio de la multa prevista en el apartado 1, las infracciones previstas en el artículo 94.1 serán sancionadas con la prohibición de acceso a infraestructuras para la actividad física y el deporte con motivo de la celebración de competiciones deportivas y actividades físico recreativas por tiempo superior a seis meses y no superior a dos años.