Artículo 97. Definición.
Artículo 97 de la Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas. · BOE-A-2002-15191
Atención: Ley 18/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Son cooperativas de seguros las que ejercen la actividad aseguradora de acuerdo con la legislación sectorial vigente.