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Ley Vigente

Artículo 97. Funcionamiento.

Artículo 97 de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía. · BOE-A-2000-1011

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-29.

Texto consolidado

1. El Consejo General se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias, mediante convocatoria de su Presidente.

En sesión ordinaria se reunirá, al menos, una vez cada trimestre natural.

El Presidente convocará sesión extraordinaria, a iniciativa propia o cuando lo solicite el Presidente de una Caja de Ahorros federada o uno de los representantes de la Consejería de Economía y Hacienda.

2. Los acuerdos serán vinculantes, y cuando afecten al funcionamiento de las Cajas de Ahorros o comporten obligaciones económicas para éstas, deberán ser ratificados por el Consejo de Administración de la Caja de Ahorros afectada, salvo los relativos a la aprobación de los presupuestos federativos.

3. A las reuniones del Consejo General asistirá, con voz y sin voto, el Secretario general de la Federación, que actuará como Secretario del Consejo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-12-29.

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