El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 96.

Artículo 96 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía. · BOE-A-1992-15996

Atención: Ley 2/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Por razones de ejemplaridad y siempre que concurran las circunstancias de reincidencia en infracciones de naturaleza análoga, acreditada intencionalidad en el expediente administrativo, daños a terceros o tengan la calificación de infracciones especialmente graves, la autoridad que resuelva el expediente podrá acordar la publicación de las sanciones en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y a través de los medios de comunicación que considere oportunos, una vez que hayan adquirido firmeza en vía administrativa. La publicación contendrá, además de la sanción, el nombre, apellidos, denominación o razón social de las personas naturales o jurídicas responsables, la finca, su término municipal y provincial, así como la índole y naturaleza de la infracción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-09-23.

Más artículos de Ley 2/1992

En El Vínculo puedes leer Ley 2/1992 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.