El Vínculo El Vínculo.
Resolución Derogada

Artículo 95.

Artículo 95 de la Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2011-3756

Atención: BOE-A-2011-3756 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En la disposición de fondos de las cuentas de la RFEC y para proceder a realizar los pagos pertinentes, serán necesarias las siguientes firmas:

Para las disposiciones de cuantía unitaria inferior a 6.010,12 € se precisarán dos firmas –cualesquiera– de entre las del Presidente, el Vicepresidente encargado de los asuntos económicos o la del Tesorero o la del Gerente.

Para las disposiciones de cuantía unitaria superior, será necesaria la firma del Presidente, complementada por la del Vicepresidente encargado de los asuntos económicos o la del Tesorero o la del Gerente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-02-26.

Más artículos de BOE-A-2011-3756

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2011-3756 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.