Artículo 94.
Artículo 94 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía. · BOE-A-1992-15996
Atención: Ley 2/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El procedimiento se ajustará a lo establecido en la legislación administrativa general vigente para el procedimiento sancionador, sin perjuicio de la aplicación de las normas contenidas en el presente título.