El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 94.

Artículo 94 de la Ley 13/2016, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. · BOE-A-2017-1291

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.

Texto consolidado

Se modifica el punto 9 del artículo 171 de Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, que queda redactado de la siguiente manera:

«9. Las deudas y las obligaciones que el Instituto Valenciano de Finanzas contraiga frente a terceros para la captación de fondos, así como el resto de las obligaciones patrimoniales contraídas en el ejercicio de sus funciones, gozarán de la garantía personal de la Generalitat. Dicha garantía tiene el carácter de explícita, irrevocable, incondicional, solidaria y directa. Por tanto, en caso de incumplimiento por parte del instituto de las responsabilidades pecuniarias que por todos los conceptos llevan causa de dichas obligaciones, estas serán directamente exigibles a la Generalitat.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-01-01.

Más artículos de Ley 13/2016

En El Vínculo puedes leer Ley 13/2016 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.